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  • Writer's pictureMiguel Abellan

MODELO 303 (IVA) ¿QUÉ ES Y COMO CUMPLIMENTARLO?



¿Qué es el modelo 303?

El modelo 303 es un formulario de declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido. Las empresas son encargadas de recaudar el IVA en nombre de Hacienda a través de los consumidores que compran sus productos o servicios, para posteriormente presentar este documento cumplimentado, así como ingresar las cantidades recaudadas a través de las facturas a la Agencia Tributaria.

Cuando compramos o vendemos algo se paga o ingresa una cantidad en concepto de IVA. Este impuesto recae sobre el consumidor final y no sobre los empresarios o autónomos. Es por ello que si tienes tu propio negocio puedes solicitar a Hacienda la devolución de dicho pago. El modelo 303 de declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido por el que tendrás que pagar a la Agencia Tributaria la diferencia entre el IVA que has repercutido en tus facturas de ventas o servicios y el que has soportado en las de gastos. Y es que ese tanto por ciento adicional que incluyes en tus facturas en forma de IVA no te pertenece. Solo actúas como intermediario, ya que lo estás cobrando en nombre de Hacienda que, posteriormente, te lo reclamará a través de la presentación del modelo 303.

Se trata de un formulario dividido en ocho secciones y más de 80 casillas. Pero no te asustes, porque muchas de ellas no hay que rellenarlas y es más sencillo de lo que parece.

¿Quién debe presentar la declaración trimestral del IVA?

El modelo 303 debe ser presentado por cualquier profesional, autónomo o empresario que desarrolle una actividad económica y operaciones sujetas a IVA, independientemente del tipo de empresario que sea (sociedad, autónomo, asociación, cooperativa, sociedad civil…) y del resultado de la declaración (a ingresar, a cero, negativa a compensar o devolver), está obligado a presentar el modelo 303 de forma trimestral. También deben presentarlo los arrendadores de inmuebles o bienes y los promotores inmobiliarios. Según el resultado de esta declaración, te tocará pagar a Hacienda o que sea ésta la que te devuelva.

Por cierto, como hemos dicho cualquier autónomo o negocio empresarial está obligado a declarar a la Agencia Tributaria todo lo que ha facturado al consumidor, aunque todavía no haya cobrado la cantidad. Por eso, ten en cuenta la emisión de la factura, y, sobre todo, la fecha, que esté dentro del periodo sobre el que estás informando.

¿Cuándo debes presentar el modelo 303?

La mayoría de los autónomos y empresas deben presentar la autoliquidación del IVA trimestralmente (las compañías con una gran facturación deberán hacerlo mensualmente). Para ello, Hacienda establece los siguientes plazos:


  • Primer trimestre: facturas realizadas de enero a marzo. Plazo hasta el 20 de abril.

  • Segundo trimestre: facturas realizadas de abril a junio. Plazo hasta el 20 de julio.

  • Tercer trimestre: facturas realizadas de julio a septiembre. Plazo hasta el 20 de octubre.

  • Cuarto trimestre: facturas realizadas de octubre a diciembre y resumen anual. Plazo hasta el 30 de enero.

Resultado

En este apartado se refleja el resultado final de la declaración. Si la declaración la has hecho por vía telemática, descubrirás que la mayoría de las casillas se rellenan de forma automática.

Compensación

Si el resultado de la casilla 71 es negativo puedes consignar aquí el importe para que Hacienda te compense.

Sin actividad

Si no has tenido actividad económica durante todo el trimestre, también tienes que presentar el modelo 303 aunque quede en blanco. No obstante, deberás marcar esta casilla.

Devolución

Si estás en el último trimestre del año y el resultado de tu liquidación sale negativo, puedes solicitar a Hacienda que te devuelva el importe en tu cuenta bancaria.

Ingreso

Informa en este apartado del número de cuenta en el que quieres que Hacienda haga el cobro del IVA.

Complementaria

Este apartado está destinado a aquellos que estén presentando una declaración complementaria. Si es tu caso, deberás incluir el justificante de la autoliquidación de la declaración que vas a complementar.



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